Se rumorea zumbido en proceso judicial laboral
La demanda laboral se interpone en presencia de la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social, según señala el artículo 2 del Código Procesal del Trabajo. Es sostener, que la demanda se presenta en presencia de un Magistratura laboral, y si en el sitio donde se debe colocar la demanda no existe individuo, se presen